VISTO: Que al cierre del ejercicio 1995, quedaron pendientes de pago las siguientes deudas: el servicio de franqueo correspondiente al mes de Diciembre/ 95, deuda contraída con el Correo Argentino que asciende a la suma de $ 911,50.-; Aguas de Balcarce S.A. $ 1.666,77.- y Camuzzi Gas Pampeana S.A. $ 909,84.- no registradas en la contabilidad, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 140º del Reglamento de Contabilidad el Departamento Ejecutivo no podrá reconocer deudas de ejerci-cios anteriores. Que corresponde por lo tanto el tratamiento descripto en el Capí-tulo 9. "Reconocimiento de deudas de ejercicios anteriores no contabilizadas". Artículo 140º del Reglamento de Contabilidad. Que se ha acumulado en el expediente especial Nº 8047/96 la docu-mentación que respalda la existencia de las deudas. Que se han cumplido todos los pasos procedentes. Que corresponde a este Cuerpo su reconocimiento en concordancia a lo establecido en el precitado Artículo 140º del Reglamento de Contabilidad. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 8/96 ----------------------------- ARTICULO 1.- Reconócese la deuda contraída, no registrada en la contabilidad, ------------- con las siguientes empresas: Correo Argentino que asciende a la suma de $ 911,50.- servicio de franqueo correspondiente al mes de Diciembre/95., Aguas de Balcarce S.A. $ 1.666,77.- y Camuzzi Gas Pampeana S.A. $ 909,84.------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extra-ordinaria, a los trece días del mes de febrero de mil novecientos noventa y seis. FIRMADO: Ing. Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SE-CRETARIO.----------------------------------------------------------------------